Actividad-ejercicio físico: hábito saludable con efectos positivos en el COVID-19

SALUD Ivana ALFARO
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El COVID-19 se ha convertido en una enfermedad global, con efectos sociales, económicos y en devastadores, evidenciados, por ejemplo, en las altas cifras de morbilidad y mortalidad, atribuidas a esta pandemia viral. En el caso de la salud, este efecto es más notorio en los grupos con un mayor riesgo de presentar una forma más grave de la enfermedad, bien sea por edad (65 años o más) o por pre-existencia de comorbilidades (hipertensión arterial, diabetes, obesidad, dislipidemia, enfermedades respiratorias crónicas y estados de inmunosupresión). Por el contrario, la práctica de ejercicio o cualquier tipo de actividad física regular se asocia con la presentación de una enfermedad menos grave/mortal y, por tanto, con un efecto positivo (protector) del COVID-19 [1,2]. Además, este hábito podría estar asociado a pérdida de peso y, con ello de obesidad, condición con un claro efecto negativo en los pacientes que se infectan y enferman por COVID-19.

En adultos mayores infectados con SARS-CoV-2 (agente causal del COVID-19), la práctica de actividad física se asocia con un menor riesgo de resultados graves por COVID-19, incluyendo hospitalizaciones, ingresos a unidades de cuidados intensivos y muertes [2, 3]. Por ello, se recomienda a los Ministerios de Salud, establecer mecanismos claros que contribuyan a promover y favorecer el hábito de la práctica de actividad física, incluyendo su recomendación en la atención médica de rutina. Dicho de otra forma, el sedentarismo aumenta la mortalidad de pacientes hospitalizados con COVID-19. Por tanto, es necesario favorecer la adquisición y permanencia del hábito saludable de la práctica de actividad/ejercicio físico regular.

Aunque la tendencia académica sería sistematizar y presentar, soporte bibliográfico de explicaciones plausibles, del efecto benéfico/protector de la actividad física en la enfermedad COVID-19, para este espacio, puede ser más adecuado, detallar los beneficios evidenciados que tiene la práctica de actividad/ejercicio físico en la prevención y control de otros problemas de salud, buscando reforzar los mensajes orientados a motivar, el inicio y/o permanencia de este hábito saludable en la población. En este contexto, relacionado con los beneficios en salud de la actividad física, es conveniente reiterar que [2-6]:

De forma general, las guías de práctica clínica basadas en evidencia recomiendan la realización de actividad/ejercicio físico aeróbico regular, mínimo 120 minutos a la semana, distribuidos en 3 días. Aunque puede existir controversia, se estima que, en estas condiciones, la práctica es suficiente para generar los beneficios en salud, especialmente en personas previamente sedentarias. Por su parte, la práctica de una actividad con un mayor volumen genera un efecto adicional en el estado de salud. Por ello, los beneficios clínicamente relevantes para la salud se pueden evidenciar con el inicio o incremento en el volumen de este hábito de vida saludable.

Existe evidencia suficiente del efecto clínico positivo, de la práctica de actividad física regular, en la prevención y control de varias enfermedades crónicas no transmisibles, por ejemplo, enfermedad cardiovascular, diabetes, cáncer, hipertensión, obesidad, depresión y osteoporosis; al igual que en la mortalidad prematura. Por ello, la actividad física mejora el estado de salud general y reduce el riego o el efecto negativo de varios factores en el estado de salud. Además, favorece un mejor estado de salud mental, destacándose, por ejemplo, el efecto en la disminución del estrés y en un mejor estado psicológico.

La práctica de actividad/ejercicio físico regular genera beneficios numerosos para la salud, los cuales dependen del volumen del mismo (determinado por su intensidad, duración y frecuencia). Por ello, de forma global, el beneficio para la salud asociado a la actividad (ejercicio) físico semanal recomendado, se puede lograr con una actividad física moderada; sin embargo, la práctica de actividad física semanal, con un mayor volumen, genera beneficios adicionales. En este sentido, la evidencia muestra una relación dosis-respuesta y que, incluso a un nivel modesto, esta práctica es preferible la inactividad física o sedentarismo. En este sentido, los beneficios mayores se asocian comúnmente, en personas previamente sedentarias que asumen un estilo de vida más activo. Hay una relación lineal aparente entre la actividad física y el estado de salud y, como regla general, el aumento de la actividad física y el estado físico resultan en beneficios adicionales en el estado de salud.
Los programas de promoción de la salud deben dirigirse a personas de todas las edades, debido a que el riesgo de enfermedades crónicas comienza en la infancia y aumenta con la edad.

Además, en el contexto actual, es necesario llamar la atención a las autoridades nacionales y territoriales respectivas, para que eviten o minimicen restricciones o directrices que pueden limitar o desmotivar la práctica de actividad/ejercicio físico. Por el contrario, cumpliendo con las medidas preventivas de la propagación de esta infección, sería muy deseable favorecer esta actividad en los horarios de toque de queda o, mínimamente, a en los horarios que aún no aplica el mismo. En este sentido, el cierre y desalojo de las personas de espacios deportivos, hasta con 3 horas previas al inicio de este tipo de medidas. En este sentido, por ejemplo en los territorios con toques de queda desde las 8 p.m., la directriz de desalojar las personas que acuden a estos sitios desde las 5 o 6 p.m. es una medida que limita y desmotiva de personas que perfectamente podrían utilizar la franja horaria hasta las 7 0 7:30 p.m., para realizar o terminar dicha actividad de forma planeada y acorde con los horarios laborales más comunes. Por tanto, esta medida limita, a personas que laboran hasta las 5 p.m., la práctica de su rutina habitual de actividad/ejercicio físico.

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